Normas

URBANIZACIÓN TORREMAR NATURA

NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR

Junio 2023

18/04/2003 Normas de Régimen Interior aprobadas en Junta de

Constitución de la Comunidad de Propietarios (Anexo 3)

ACCESO A LA URBANIZACIÓN

    Se prohíbe la entrada de no residentes a nuestra Urbanización, como son:

    • Toda persona que no haya sido invitada expresamente por un propietario.
    • Toda persona que no siendo residente quiera utilizar las instalaciones destinadas al uso exclusivo de esta comunidad (piscinas, club social, minigolf).

    HORARIOS

      Se ruega respeto por el descanso de los residentes en la Urbanización y para ello se exige:

      • Bajar el volumen de los aparatos de música, TV, etc… a partir de las 24:00 horas.
      • Del mismo modo, en la medida de lo posible, se recomienda evitar ruidos durante los periodos de siesta.

      VIALES Y JARDINES

        • No se permite aparcar en las calles de uso peatonal de la Urbanización, ni lavar coches en ellas.
        • No se permite aparcar en las plazas de parking privadas ajenas, identificadas mediante una placa.
        • No se permite utilizar más de una plaza de aparcamiento por vivienda
        • No se permite circular con vehículos de motor por la Urbanización excepto para carga y descarga.
        • No se usarán bicicletas, patinetes, etc… sobre las zonas ajardinada
        • No se permite instalarse con tumbonas, mesas y sillas, en los espacios comunes de la Urbanización.
        • No se tirarán bolsas de basura en las papeleras (los contenedores están en el exterior de la Urbanización), ni colillas u otros residuos al suelo.
        • Los animales domésticos pasearán exclusivamente acompañados y atados
        • Los juegos de pelota, se practicarán en las zonas especialmente habilitadas para ello y nunca sobre jardines por el daño irreparable que estos sufren.

        PISCINAS

          • El uso de las piscinas es exclusivamente nudista y, por tanto, está completamente prohibido el uso de prendas de baño, sin excusa ni excepción.
          • Está prohibida la entrada de animales al recinto de las piscinas.
          • Está prohibida la entrada al recinto con objetos de cristal, punzantes y/o potencialmente cortantes. 
          • Es obligatoria la ducha antes del baño.
          • Quedan prohibidas las colchonetas, aletas, balones y objetos similares excepto en la piscina infantil.  
          • El socorrista no es una niñera, por lo tanto no se permite dejar a niños pequeños solos en el recinto de las piscinas ni encomendarle su vigilancia.
          • Queda prohibida la realización de encuentros y fiestas en el recinto de las piscinas por no estar destinado a tal fin y por los riesgos de higiene implícitos.
          • Los bebés se bañarán sin excepción con pañales especiales de agua, con objeto de evitar defecaciones dentro de las piscinas.
          • No se permite fumar ni llevar el cigarro encendido, en el interior de la piscina climatizada.
          • Se permite fumar en la zona de descanso de la piscina exterior, fuera de la acera blanca que la bordea y haciendo siempre, uso de los ceniceros.
          • No se podrán instalar tumbonas, sillas ni sombrillas de los vecinos en el recinto de lapiscina.


          GENÉRICAS

            • Se exige el respecto debido al resto de residentes y sus propiedades y bajo ninguna circunstancia se permitirán discriminaciones de ninguna índole por razones de ideología, raza, sexo, etc.
            • Expresiones y actuaciones sexistas, violentas u homófobas no son aceptadas en esta Comunidad.

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